Vicepresidencia y Ministerio de la presidencia
Colección Informe Nº 13
SUMARIO

Reforma Constitucional

PROYECTO DE LEY PARA LA REFORMA POLÍTICA

HACIA UNA NUEVA CONSTITUCIÓN

Con la aprobación por las Cortes del Proyecto de Ley para la Reforma Política, se inicia para España una etapa histórica nueva en la que los esquemas constitucionales, las relaciones de poder, y las concordancias del modelo político con la realidad social, se ven alteradas de modo esencial. Se ha puesto el énfasis en el carácter instrumental del Proyecto de Ley. Se ha dicho que con él se inicia un proceso histórico constituyente de consecuencias incalculables, y que más que cualquier otra cosa es el dibujo de un aparato técnico que posibilite las reformas de fondo que la sociedad española demanda. Y, en efecto, este es su significado más exacto. El sistema de formación democrática de un Parlamento y la adopción de un criterio electoral que no falsee la realidad política, son verdaderamente los cauces formales para el protagonismo real del pueblo. Pero el Proyecto de Ley, ya en sí, encierra una filosofía política trabada, una serie de principios netamente democráticos, y una modificación tal de las Leyes Fundamentales, que lo convertirán, una vez aprobado por el Referéndum, en la primera y básica pieza de la nueva Constitución Española. La siguiente enumeración de los principios contenidos en el articulado, muestran que, aunque partiendo de la legalidad vigente, es exacto hablar de «nueva Constitución» utilizando la feliz expresión de don Miguel Primo de Rivera, al exponer el dictamen de la Ponencia a las Cortes:

Algunos de estos temas merecen destacarse, no sólo por su trascendencia, sino también por el debate ideológico que desde pensamientos políticos muy distintos sobre la realidad española han suscitado.

En primer lugar la instauración de un sistema bicameral, con primacía de la Cámara baja o Congreso de diputados, y con reducción del criterio de representación orgánica al Senado, que se configura con base territorial.

En segundo lugar merece destacarse la adopción de un criterio electoral proporcional, frente a ¡os defensores, aglutinados por el grupo político «Alianza Popular», del escrutinio mayoritario. Se toma postura, pues, por el sistema electoral que refleja más minuciosamente la composición política de la sociedad, aunque se introducen mecanismos correctores para evitar la fragmentación partidista y sus consecuencias parlamentarias.

Por último es necesario citar que se acoge en el Proyecto de Ley una típica institución de democracia directa: la consulta al pueblo por el Rey de cualquier opción política de interés nacional, sea o no de carácter constitucional.

El Proyecto tiene el sentido originario de adaptar la legalidad constitucional y la vida política a una nueva situación de la sociedad española. La filosofía y el modelo institucional político estaban en contradicción con una realidad caracterizada por una sensibilidad social pluralista y un modelo económico evolucionado más allá de las pautas políticas. Parte, pues, la reforma, más de un necesario pragmatismo que de un esquema ideológico y político abstracto. Así el ministro de Justicia, en su intervención en el Pleno de las Cortes, dijo: «No nos reúne el afán apriorístico del cambio, sino la necesidad de dar respuesta política a cambios ya producidos.» Pero al lado de este significado del Proyecto de Ley, aparece otro, aún más sugestivo y apasionante: el de su efecto expansivo sobre el futuro. A partir de su aprobación se dictarán normas electorales, reglamentos parlamentarios, disposiciones sobre la relación de los diversos poderes constitucionales, etcétera. Asimismo problemas de fondo como la crisis económica, la institucionalización de las regiones, o la reforma fiscal se enfocarán, necesariamente, de forma distinta.

En definitiva se inicia un proceso de transformación general en el que las instancias de poder estarán legitimadas democráticamente, sin necesidad de haber provocado una dolorosa ruptura. Un proceso que un conocido experto en análisis políticos, el profesor Maurice Duverger, ha podido calificar de «muy importante para el mundo y de una utilidad formidable».

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