El Consejo de Ministros regula el Banco Estatal de ADN de víctimas de la Guerra y la Dictadura
6.10.2026
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se regula el Banco Estatal de ADN de víctimas de la Guerra y la Dictadura, previsto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.
La creación de este Banco Estatal de ADN responde al compromiso del Gobierno de asumir como política de Estado la demanda de las familias que, durante décadas, desconocieron el paradero de sus seres queridos, muchos de ellos desaparecidos y enterrados en fosas comunes. El objetivo es facilitar su localización e identificación y contribuir a que puedan recibir una sepultura digna, poniendo fin a la revictimización de sus familias.
El Banco Estatal de ADN estará adscrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y su gestión corresponderá al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Tendrá como función la recepción y el almacenamiento de los perfiles de ADN de víctimas de la Guerra y la Dictadura y de sus familiares, así como de las personas afectadas por la sustracción de recién nacidos.
En este sentido, se incluirán los datos de interés ya existentes en la base de datos sobre sustracción de recién nacidos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que se creó para satisfacer la pretensión de estas personas de conocer su identidad y origen biológico.
Garantías para la protección de los datos
El Banco tratará únicamente los datos necesarios para facilitar la búsqueda y la identificación de las víctimas y los perfiles genéticos se almacenarán mediante un código alfanumérico disociado de cualquier dato identificativo.
La información personal, limitada a los datos básicos de identificación y contacto, permanecerá en los laboratorios participantes en el Banco Estatal. De este modo, el sistema incorpora garantías específicas para preservar la confidencialidad de la información y limitar el tratamiento de datos al estrictamente necesario para los fines previstos.
Podrán aportar perfiles genéticos al Banco los laboratorios designados por las comunidades autónomas; los laboratorios públicos o privados que dispongan de perfiles de ADN obtenidos para los fines establecidos en la norma; el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses; y los laboratorios de ADN de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Asimismo, la recogida de muestras biológicas de las personas interesadas tendrá carácter voluntario y gratuito.
Justicia, dignidad y reparación
La regulación del Banco Estatal de ADN constituye una medida de justicia, dignidad y reparación y da cumplimiento a lo establecido en la Ley de Memoria Democrática.
Durante décadas, miles de familias han convivido con la incertidumbre sobre el paradero de sus seres queridos, sin poder identificarlos y darles un enterramiento digno. La puesta en marcha de este Banco Estatal pretende contribuir a responder a esa demanda y a avanzar en la identificación de las víctimas y la reparación de sus familias.