Centro Documental de la Memoria Histórica

Nombre del recursoFechas extremasNúmero de registrosObservaciones
Base de datos de Militares y miembros de las Fuerzas de Orden Público al Servicio de la República1936-1939
Recoge los nombres de las personas que estuvieron al servicio de la República en las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden Público o Cuerpo de Carabineros durante la Guerra Civil Española (1936-1939) y cuyos nombramientos aparecieron durante los años del conflicto en las siguientes publicaciones oficiales:
  • Gaceta de la República
  • Diario Oficial del Ministerio de Defensa

  • Boletín Oficial de la Generalitat de Catalunya

  • Boletín Oficial del Instituto de Carabineros

  • Boletín Oficial del Ministerio de Marina y Aire

Se relaciona únicamente el personal que en las Fuerzas Armadas obtuvo un empleo o grado militar de, al menos, suboficial, durante el periodo comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el 1 de abril de 1939, así como los que ingresaron como miembros de las Fuerzas de Orden Público o del Cuerpo de Carabineros.

Con la consulta a la base de datos podremos obtener los siguientes datos:

  • Apellidos y nombre
  • Año del nombramiento

  • Publicación en que apareció el nombramiento, número y página

En la base de datos NO figura el empleo o grado militar obtenido. Si se desea conseguir ese dato deberá consultarse la publicación correspondiente o dirigirse al Centro Documental de la Memoria Histórica solicitando la reproducción de la misma mediante el formulario que aparece en la última columna de la respuesta.

Esta base de datos se realizó con motivo de la publicación de la Ley 37/984, de 22 de octubre, de reconocimiento de derechos y servicios prestados a quienes durante la guerra civil formaron parte de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden Público y Cuerpo de Carabineros de la República (BOE nº 262, de 1 de noviembre, p. 31689). Fue fruto de un acuerdo entre los ministerios de Cultura y de Hacienda, habiéndose utilizado desde entonces para los trabajos de obtención de antecedentes de los causantes de los derechos establecidos en la Ley.

En la actualidad, aunque sigue siendo un instrumento válido para el cumplimiento del objetivo inicial, se ha estimado oportuno difundirla para conocimiento y utilización de todos aquellos que estén interesados en la Guerra Civil Española (1936-1939), por razones administrativas o de investigación.

Base de datos de muertos y desaparecidos del Ejército de Tierra de la II República1936-1939

Recoge los nombres de las personas que pertenecientes al Ejército de la República durante la Guerra Civil Española, fueron causantes del derecho de percepción de pensión por muerte, desaparición o inutilidad. Además del nombre figuran la profesión o profesiones declaradas junto a los datos de localización del documento del que se ha extractado la información y de la documentación complementaria. Si desea reproducción del documento puede utilizar el formulario que aparece en la última columna de la respuesta a cada consulta que se realiza.

Figuran:

  • La causa del derecho a pensión: muerte, desaparición o inutilidad
  • El nombre de la persona causante del derecho

  • La profesión del causante

  • La signatura del documento de donde se extractó la información

La base de datos de desaparecidos, muertos e inútiles creada por el Archivo General de la Guerra Civil Española ha utilizado informaciones procedentes de los documentos de la Pagaduría Secundaria del Ejército de Tierra, organismo republicano encargado del abono de pensiones extraordinarias por muerte, desaparición o inutilidad.

En el ejercicio de sus funciones la Pagaduría creó varias series documentales que recogen el proceso de solicitud, reconocimiento y abono de los derechos económicos a los causantes o familiares, en el caso de fallecimiento, que son los expedientes de concesión de pensiones, los testimonios sintéticos y las fichas de control de causantes. Estas últimas, elaboradas por la Sección de Estadística con la finalidad que su nombre indica, recogen los datos fundamentales de cada persona, entre ellos, los de filiación personal y militar, la fecha y lugar en que ocurrió la muerte, desaparición o cesión, y los datos de la familia del causante. Es por eso que se seleccionó esta serie para sacar de la misma los datos que permitieran utilizar esta documentación con rapidez y eficacia para identificar a las personas y utilizar este dato en los trabajos de obtención de antecedentes para justificar los pagos de pensión e indemnizaciones que la legislación vigente viene determinando.

Causa general1940-1967
1953 legajos, recogidos en 4.000 cajas o unidades de instalación

Por decreto de 26 de abril de 1940, se conceden amplias facultades al Fiscal del Tribunal Supremo para que proceda a instruir la Causa General, con el objeto de averiguar los hechos delictivos cometidos en todo el territorio nacional durante la "dominación roja".

Ante la complejidad que va adquiriendo la averiguación, se establece que, por Decreto de 19 de junio de 1943, se designe a un Fiscal Jefe de la Causa General que, bajo la exclusiva y directa dependencia del Ministro de Justicia, asuma las facultades que hasta ese momento tenía asignadas el Fiscal del Tribunal Supremo; aunque, por Decreto de 25 de abril de 1958, se dispone que quede de nuevo bajo la dependencia del Fiscal del Tribunal Supremo y se le restituyan sus facultades.

El Ministerio Fiscal, bajo la dirección del Fiscal del Tribunal Supremo, asumió la tarea de recoger toda la documentación que sirviera para tal fin, formando la denominada "Causa General", hasta que el Decreto-Ley de 31 de marzo de 1969 reconoció la prescripción de las posibles responsabilidades penales por hechos acaecidos antes del 1 de abril de 1939.

Esta investigación, llevada a cabo en cada provincia por los fiscales delegados a tal efecto, recoge los hechos delictivos acontecidos en los tres años de guerra civil bajo el Gobierno republicano, desde las elecciones de febrero de 1936 hasta abril de 1939, plasmados en una documentación clasificada en once piezas, cuyo contenido es el siguiente:

  1. Pieza Principal o Primera. De los delitos cometidos en toda la provincia; personas muertas o desaparecidas, torturas, incendios y saqueos de iglesias y otros hechos delictivos.
  2. Pieza Segunda. Del Alzamiento Nacional. Con información sobre la participación de los civiles en el mismo y la actuación de los dos ejércitos: republicano y nacional y participación de civiles en el mismo, así como referencias a los juicios sumarísimos vistos en los Tribunales Militares.
  3. Pieza Tercera. Cárceles y Sacas. Informa sobre la actuación de los directores y funcionarios, personas encarceladas por motivos políticos y presos ejecutados.
  4. Pieza Cuarta. Checas. Sobre la averiguación de las mismas, su funcionamiento y organización: Patrullas de control y Servicio de Información Militar (SIM).
  5. Pieza Quinta. Justicia Roja. Conocimiento de la justicia republicana, tanto de Magistrados, Jueces, Fiscales y Secretarios, como de las personas que formaron parte de los jurados en los Tribunales Populares.
  6. Pieza Sexta. Prensa Roja. Con los periódicos y folletos de propaganda de cada provincia, sus directores y autores de los artículos, mencionando su orientación política.
  7. Pieza Séptima. Actuación de las autoridades gubernativas locales. Contiene informes de la actuación de la Guardia Civil, Comisarías de Policía, Delegaciones de Hacienda y demás organismos dependientes de la Administración Central.
  8. Pieza Octava. Delitos contra la propiedad. Recoge las incautaciones de tierras, industrias, etc. su colectivización y el control obrero, hechos que fueron denunciados por los perjudicados ante las Cámaras provinciales de Industria y Comercio, Agrarias y Cámaras de la propiedad.
  9. Pieza Novena. Banca. Contiene los informes de los Bancos y Cajas de Ahorro sobre atropellos contra la propiedad de los mismos o sus depositentes y sobre emisiones de billetes y empréstitos del Banco.
  10. Pieza Décima. Persecución religiosa. Con los informes de los Provisores de las diócesis sobre sacerdotes y religiosos asesinados y conventos e iglesias incendiados, saqueados o profanados.
  11. Pieza Undécima. Tesoro artístico y Cultura roja. Informa sobre los daños sufridos por el Tesoro artístico, la situación de la enseñanza y sus profesores.

Con los resultados obtenidos en todas estas piezas, el Fiscal Instructor elevaba un informe-resumen a la Inspección de la Causa General que se contiene en la mayoría de las provincias, pero, no en todas.

Causas y sumarios de los Tribunales Populares y Jurados de Urgencia y de Guardia de Madrid1936-1939
Más de 25.000 personas juzgadas por Tribunales Republicanos

En los Tribunales Populares, por Decreto de 23 de agosto de 1936, se establece un procedimiento sumarísimo y, por Decreto de 25 de agosto de 1936, se añade que el procedimiento para lo no regulado en los decretos era la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las referencias a esta ley abundarán en los decretos posteriores.

Asimismo, para la instrucción de los procesos y sumarios, se crearon Juzgados Especiales y, por Decreto de 7 de mayo de 1937, se establece que al servicio de los Tribunales Populares y Jurados de Urgencia y de Guardia actuarán Juzgados Especiales de Instrucción, a los que les corresponderá instruir los sumarios.

El procedimiento de los Jurados de Urgencia sería oral y se seguiría el trámite que se establecía para los juicios de faltas, de acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Además, por Decreto de 2 noviembre de 1936, se establece que las sentencias de los Jurados de Urgencia se lleven a efecto por el Secretariado General.

Por su parte, el procedimiento en el caso de los Jurados de Guardia era el procedimiento sumarísimo regulado en el Código de Justicia Militar y aplicarían las penas fijadas en el Código de Justicia Militar.

En el caso del Tribunal Especial de Espionaje y Alta Traición, para la formación de los sumarios se crearían uno o más Juzgados de Instrucción, adscritos a este tribunal, y por Decreto de 29 de junio de 1937, se establece que los Jueces especiales adscritos a este Tribunal, para la instrucción de los sumarios, tendrán jurisdicción en todo el territorio de la República.

No obstante, los Jueces de Instrucción y, en su defecto, los Jueces Especiales adscritos a los Tribunales Populares de todo el territorio nacional, practicarán las primeras diligencias por los delitos que se realicen en el lugar de su jurisdicción y proseguirán la formación de los sumarios hasta su conclusión, mientras que no sean requeridos de inhibición por los Jueces especiales.

Las causas se tramitarán por el procedimiento sumarísimo establecido en el Código de Justicia Militar. Por último, el procedimiento de los Tribunales Militares Populares se basaba en el Código de Justicia Militar.

Españoles deportados a los campos de concentración nazis1939-1945
Reúne básicamente los contenidos de la publicación Libro Memorial. Españoles deportados a los campos nazis (1940-1945), editada por el Ministerio de Cultura de España en 2006, resultado de una investigación de Benito Bermejo y Sandra Checa.

Constituye una herramienta de información para un público muy amplio y además añadir algunas posibilidades de consulta que una versión impresa difícilmente podría ofrecer.

Fichero de la Secretaría General y de la Sección Político Social1937-1967
Más de 2.500.000 de fichas, aproximadamente un millón de ellas digitalizadas

El fichero general de los Servicios Documentales de Presidencia de Gobierno es el resultado de la fusión de la actividad de la Sección Político-Social, integrada primero en la Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos y posteriormente en la Delegación Nacional de Servicios Documentales, así como de la Secretaria General de estas delegaciones y de los propios Servicios Documentales. Esta fusión ocurrió seguramente a raíz de la integración en 1958 de la Sección Político-Social con su homónima de la Dirección General de Seguridad.

Por lo tanto, en este fichero encontramos, por un lado, las fichas generadas por la Secretaría General que suministraba certificados de antecedentes tanto de oficio al Tribunal Especial para la Represión de Masonería y Comunismo como respuestas a las solicitudes de información demandada por la jurisdicción de responsabilidades políticas, los juzgados de depuración de la administración, empresas públicas y de FET y de las JONS, la mencionada Dirección General de Seguridad, el Alto Estado Mayor, los distintas secciones segundas de los Estado Mayores de los Ejércitos, incluida la Guardia Civil. En ellas se consignaba el nombre de la persona del cual se emitía el certificado y el número de expediente donde se conservaba su copia.

Y, por otro lado, el análisis de la documentación incautada a las organizaciones e instituciones civiles, públicas y militares disueltas tras la victoria nacionalista se materializó en fichas. En ellas se consignaba el nombre de la persona, su relación con la documentación, así como la signatura de archivo de donde se había extraído la información. De la documentación incautada se seleccionó y conservó, con carácter general, sólo aquella que podía relacionar a las personas con las instituciones proscritas por los sublevados, quedando estas criminalizadas.

El fichero general está formado por 69 ficheros que guardan más de dos millones y medio de fichas. Tiene una ordenación alfabética fonética donde se mezclan tanto las fichas de personas susceptibles de ser represaliadas por su pasado contrario al Movimiento Nacional, con aquellas de las personas que tenían alguna vinculación con el régimen franquista: los gobernadores civiles, procuradores en Cortes, alcaldes, delegados de FET de las JONS, funcionarios, etc.

Portal de Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo

Los ciudadanos pueden consultar en este portal una base de datos con las referencias existentes en archivos dependientes del Ministerio de Cultura y Deporte, sustentada en los documentos que reflejan el sufrimiento y la violación de los Derechos Humanos que padecieron nuestros compatriotas durante tan largo periodo. A ellas se han añadido las relativas a la presencia de refugiados españoles en los campos de concentración y exterminio nazis, a partir de fuentes extranjeras.

Las referencias del Portal de Víctimas se centran en quienes padecieron expresiones de violencia personal, represión, depuraciones, injusticias y agravios por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de otra índole, tanto de los que no eran afines al Movimiento Nacional, como de quienes tampoco lo eran con el gobierno republicano legalmente constituido.

El Portal incluye datos del Archivo Histórico Nacional, el Archivo General de la Administración, el Centro Documental de la Memoria Histórica, el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, el Archivo Histórico Provincial de Huesca.

Proyecto de historia oral de Emanuel Harriman sobre veteranos y veteranas estadounidenses y canadienses en la Guerra Civil Española1985-1987129 entrevistas

Este conjunto de 129 entrevistas a veteranos brigadistas norteamericanos se realizó a mediados de la década de 1980.

Las entrevistas son historias de vida y abordan la historia familiar, infancia, actividades políticas en los Estados Unidos, motivos para unirse a la brigada Lincoln, su lucha en España, repatriación, participación en la Segunda Guerra Mundial, desmovilización, vuelta a la vida civil.

Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo1940-1963Más de 150.000 referencias

El núcleo básico de la documentación de este fondo documental lo constituye la serie de los expedientes de las causas contra las personas incoadas por los delitos propios de esta jurisdicción.

El archivo y custodia de esta serie no dependía de la Secretaría sino directamente del propio Tribunal. Por su parte, la secretaría se encargaba de la custodia de la los libros de sentencias y diarios de sesiones que generaba el tribunal.

Junto a estos, hay que destacar el propio Servicio de Ejecutorias con que se dotó el Tribunal y la actividad del Vocal ponente del mismo que durante su ocupación por Marcelino Ulibarri tuvo gran importancia en la génesis de este organismo, dado la coincidencia con la dirección de la Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos (DERD). Por último hay que destacar, la oficina auxiliar que el tribunal destacó en Salamanca y que era la mencionada DERD.

Información extraída del Ministerio de Cultura y Deporte. Subdirección General de los Archivos Estatales. Centro Documental de la Memoria Histórica.

Imagen: Wikipedia.

Fecha de actualización: 13/01/2023