Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Fundación de los Ferrocarriles Españoles

Nombre del recursoFechas extremasNúmero de registrosObservaciones
Memoria Histórica Ferroviaria. Depuración
Aproximadamente 90.000 registros
Los sublevados configuraron, desde el primer momento, un aparato represor en el que la «depuración» -la obligación de demostrar la no culpabilidad- ocupó un papel central. La Ley de Responsabilidades Políticas el 10 de febrero de 1939 refundió lo legislado anteriormente en este aspecto, poniendo su articulado al servicio de «depurar» a todos aquellos que hubiesen pertenecido o hubiesen tenido algún tipo de relación política con los «enemigos del Movimiento Nacional».
Ello se concretaba en un amplio y detallado catálogo de casos que, según la gravedad estimada, obligaba a imponer castigos que iban desde la inhabilitación absoluta o especial para trabajar, hasta el extrañamiento, el confinamiento, el destierro o la pérdida total de sus bienes, extendiéndose, en este último caso, incluso, a sus descendientes en los casos de que hubiesen heredado.

En el ferrocarril todos los trabajadores fueron confinados en una «presunta culpabilidad» de la que solo se podían exculpar si superaban un proceso de investigación llevado a cabo por los Tribunales Depuradores creados ad hoc por las compañías ferroviarias para cada grupo de categorías profesionales.

Cerca de noventa mil trabajadores tuvieron que presentar una declaración jurada en la que debían hacer constar cuál había sido su relación con los partidos frentepopulistas. Fueron sancionados una gran cantidad de ellos, lo cual se tradujo en una estigmatización de todo el colectivo.

En esta sección se pone a disposición de la sociedad las referencias documentales existentes en nuestros archivos sobre el proceso de depuración.

Memoria Histórica Ferroviaria. Ferroviarias sancionadas en el proceso de depuración en aplicación de la Ley de Responsabilidades Políticas4.592

Los sublevados dejaron claro, desde el primer momento, que aplicarían una represión específica a las mujeres por su condición de género. Su objetivo central residió en lograr su sumisión social mediante su confinamiento en el único rol de «esposas y madres».

Ello comportó su expulsión de los mercados de trabajo o su ubicación en una situación laboral discriminada respecto a la de los hombres. En definitiva, se les atribuyó un estado de «minoría de edad» permanente.

Las investigaciones desarrolladas indican que 4.592 mujeres fueron «depuradas» como aplicación de la Ley 10/02/1939 (solo un día después de la Ley de Responsabilidades Políticas y no derogada hasta la muerte de Franco), que dispuso el inicio de la depuración de los empleados públicos que se encontraran en las zonas controladas por el ejército sublevado. El Decreto de 27/02/1939 extendió la ley a la depuración de corporaciones y empresas concesionarias de servicios públicos, lo que incluía al personal de las compañías ferroviarias.

Estas mujeres, al igual que sus compañeros, tuvieron que demostrar que tenían un pasado político "sin tacha" y que no se habían opuesto al Alzamiento Nacional para poder recuperar sus puestos de trabajo. Sin embargo, los delitos que les atribuyeron siempre fueron considerados más graves por el hecho de ser mujeres y muchas fueron sancionadas por los delitos atribuidos a sus maridos e hijos, cuando en el caso contrario no se dio esta circunstancia.

Este proceso fue documentado y se conservan todos los expedientes, con información sobre cada proceso -cargos, descargos, delaciones y sanciones- y su trayectoria laboral y personal. Gracias a estos últimos es posible reconstruir su situación laboral respecto a los hombres y las redes familiares existentes ya que muchas de ellas eran familiares de trabajadores ferroviarios. Al menos, se sabe que 716 ferroviarias recibieron algún tipo de sanción laboral.

La incorporación del trabajo femenino en el ferrocarril se produjo durante las últimas décadas del siglo XIX, cuando las compañías acudieron a las esposas de los trabajadores de vía y obras para que guardasen los pasos a nivel con salarios que representaban entre un tercio y la mitad del que percibían los hombres. Las compañías consideraban este trabajo como una concesión ex gratia para complementar los ingresos familiares.

De esta forma, se conformó un gran colectivo laboral femenino hegemónico en el ferrocarril -las guardesas- que las compañías institucionalizaron laboralmente como una "especie" de extensión de sus maridos. A notable distancia se situaba un segundo colectivo formado por las mujeres reclutadas para las tareas de limpieza, siendo marginales las mujeres que desempeñaban oficios cualificados.

Aunque la República estableció la igualdad jurídica entre hombres y mujeres, su aplicación en el mercado laboral fue limitada y tardía. En 1931 se introdujeron el seguro de maternidad, el subsidio de lactancia y derechos médicos y farmacéuticos. Sin embargo, se mantuvo la prohibición de que las mujeres realizasen trabajos peligrosos y nocturnos, como fue el caso de las guardesas ferroviarias. Esta política machista alcanzó su epítome cuando los militares golpistas recogieron en el Fuero del Trabajo de 1938 el principio de que el Estado «liberara a la mujer casada del taller y de la fábrica» para asegurarse de que cumpliera el rol de esposa y madre que supuestamente le correspondía por su naturaleza.

No es sorprendente que, tras la constitución del nuevo régimen, se incorporasen al catálogo prohibitivo que pudieran registrarse en las oficinas de colocación si no eran cabezas de familia o acceder a trabajos de alto nivel en la Administración. También quedaran obligadas a acogerse a una excedencia forzosa en caso de que contrajeran matrimonio, lo cual afectó a varios centenares de mujeres ferroviarias.

Para acceder al documento hay que abrir un PDF que contiene el listado.
Memoria Histórica Ferroviaria. Listado de ferroviarios condenados por tribunales franquistas entre 1936 y 19441936-19441.378

Los ferroviarios fueron objeto de procesos judiciales cuyo balance se desconoce. Sin embargo, en 1944 Renfe confeccionó un informe con el objeto de conocer la situación de aquellos trabajadores que fueros sancionados con la mayor gravedad por el proceso de depuración, que proporciona la única información disponible al respecto.

Según el Informe, en 1944 los ferroviarios condenados por tribunales, en la mayoría de los casos militares, totalizaban 1.378. Las sentencias eran extremadamente graves ya que el 79,2% de las penas establecidas superaban los 12 años de cárcel.

97 ferroviarios estaban condenados a muerte y 35 a cadena perpetua. Las condenas que más prevalencia tenían eran entre 12 y 13 años con 322 casos, superiores a 30 años con 266, entre 6 y 7 años con 181 y entre 20 y 21 con 155.

Memoria Histórica Ferroviaria. Trabajadores forzados pertenecientes al BDSTP 95 y a los BBTT 151 y 681938-1945Aproximadamente 9.000

El ferrocarril también fue utilizado para que varios miles de presos cumplieran largas condenas como mano de obra forzada en diferentes obras.

El trabajo forzado en las infraestructuras ferroviarias durante el franquismo constituyó una de las diversas facetas de la represión franquista que se acometió en dos grandes modalidades:

  • Sistema Concentracionario: Batallones de Trabajadores (BBTT) y Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores (BDST).

  • Destacamentos Penales en los que trabajaban miles presos a los que se les aplicada el Sistema de Redención de Penas por el Trabajo.

Desde 1938 prisioneros de guerra y presos políticos fueron utilizados en diferentes obras ferroviarias: reparaciones, construcciones de dobles vías y nueva infraestructura. Entre 1939 y 1940 el número de forzados superó los 9.000.

Durante los últimos meses de la guerra el trabajo en el ferrocarril suponía el 7,1% del realizado por prisioneros de guerra. Las cifras se mantuvieron cerca de los 3.000 hasta 1945; descendiendo a partir de entonces hasta situarse por debajo de los 500 durante la década de los cincuenta.

En el enlace que compartimos se puede acceder al listado de los trabajadores forzados pertenecientes al Batallón Disciplinario de Soldados Trabajadores Penados 95, y a los Batallones de Trabajadores 151 y 68, desde 1938 a 1945. En él se recoge con detalle todos los trabajos realizados en el ferrocarril.

Para acceder al documento hay que abrir un PDF que contiene el listado
Memoria Histórica Ferroviaria. Historias de vida
9
Recoge historias únicas y olvidadas de los ferroviarios que fueron víctimas de la guerra civil y la represión franquista. Cada vida es singular y refleja los tiempos revueltos que les tocó vivir. Es importante contar con la participación y colaboración de sus descendientes para que la historia de sus abuelos, padres y familiares no quede en el olvido y tenga un lugar en nuestra memoria.


Información extraída del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Fundación de los Ferrocarriles Españoles.

Imagen: Wikipedia.

Fecha de actualización: 19/01/2023.


Publicaciones

Autor(es)TítuloAño de publicaciónNúmero de registrosEnlace a página webPermite la descarga (en)Observaciones
López Díaz, Juan CarlosAproximación a la depuración de los trabajadores del ferrocarril: el caso de los empleados de la MZA de Mérida2019302
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