Vicepresidencia y Ministerio de la presidencia
Colección Informe Nº 38
SUMARIO

La Seguridad Social Española

III. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

F. MEJORA DE LA ORGANIZACIÓN

36. Configuración del INEM como órgano de promoción de empleo

Es precisa la transformación del INEM en un órgano específicamente dedicado a la promoción del empleo, concluyendo con la mayor urgencia su proceso de normalización administrativa, adaptando su organización central y periférica a dicho fin y transfiriendo a los Ministerios competentes aquellas de sus funciones actuales que no respondan a tal configuración.

37. Creación de la Gerencia de Servicios de la Seguridad Social

Dado que tanto los medios humanos como los materiales y técnicos son de uso común para todas las Entidades gestoras de la Seguridad Social, se considera racional su gestión unificada en base a una especialización funcional que, a su vez, liberará a dichas Entidades gestoras de otras funciones que no sean las específicamente atribuidas en base a criterios finalistas.

G. PERFECCIONAMIENTO DE LA GESTIÓN

38. Regulación del procedimiento administrativo, con aplicación supletoria de la Ley de Procedimiento Administrativo

No existe formalmente un procedimiento administrativo especial «de jure» para la tramitación de expedientes en la Administración de la Seguridad Social —con la salvedad de las declaraciones de invalidez—. «De facto», y regulado por vía de circulares e instrucciones, existe un procedimiento que, aun cuando se atiene en líneas generales a la Ley de Procedimiento Administrativo, no reúne las exigencias de uniformidad y racionalidad hoy requeridas, por lo que se hace necesaria la regulación del procedimiento administrativo en la Seguridad Social, inspirado, desde luego, en los principios de aquella Ley y con aplicación supletoria de la misma.

39. Regulación de la contratación de la Seguridad Social

En el ámbito de la Seguridad Social existe también un vacío normativo en este campo. Se vienen aplicando Circulares e Instrucciones internas, concordantes con la legislación de contratos del Estado, pero resulta imprescindible la elaboración de un reglamento de contratación que, inspirado en los principios de aquella legislación, contemple las características específicas de la Seguridad Social.

40. Utilización intensiva de la informática

Se procederá a una mejora y pleno aprovechamiento de los recursos informáticos, mediante la normalización de los datos y registros, los registros históricos de la vida laboral, la distribución geográfica de los ficheros, el establecimiento de medios que garanticen una mayor fiabilidad de los datos registrados y sus movimientos y la emisión de tarjetas codificadas de afiliación.

41. Establecimiento de un Plan Estadístico Normalizado

Este Plan se elaborará según el Sistema Europeo de Estadísticas integradas de la Protección Social (SEEPROS).

42. Elaboración del Estatuto Unico de Personal

En los momentos actuales, el personal funcionario de la Seguridad Social se continúa rigiendo por los Estatutos de Personal de las Entidades de origen, hoy desaparecidas, con lo que los Estatutos aún vigentes son:

Esta pluralidad de Estatutos, con las consiguientes diferencias de régimen jurídico aplicable a funcionarios que desarrollan el mismo tipo de trabajo y que están estructurados dentro de una misma Administración institucional, es causa de múltiples problemas, disfunciones y agravios comparativos, que solamente podrán ser superados mediante la aprobación de un Estatuto único para todo el personal funcionario al servicio de la Administración de la Seguridad Social.

Este Estatuto se acomodará estrictamente a los criterios contenidos en el Proyecto de Ley sobre bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos.

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