Vicepresidencia y Ministerio de la presidencia
Colección Informe Nº 34
SUMARIO

Informe de la Comisión de Expertos sobre
Financiación de las Comunidades Autónomas

I. PROPÓSITO Y CONTENIDO DEL INFORME

El proceso autonómico, iniciado a partir de las previsiones que establece la vigente Constitución española, supone, sin duda, uno de los mayores acontecimientos registrados en nuestra vida colectiva durante el presente siglo.

Desde la situación de una Hacienda centralizada que canalizaba el 80 por 100 del gasto público total frente a un 20 por 100 en las Haciendas locales, ai final del proceso autonómico la Hacienda del Estado llevará a cabo solamente algo más del 50 por 100 del gasto total, distribuyéndose el otro 50 por 100 por partes aproximadamente iguales entre las Comunidades Autónomas y las Haciendas locales.

Esta redistribución no será menos significativa por lo que se refiere a los ingresos, puesto que la tradicional dependencia de las Haciendas territoriales de los ingresos del Estado se verá sustituida por un alto grado de autonomía financiera a todos los niveles.

Además de constituir un claro mecanismo de distribución del poder político y, por consiguiente, de consolidación democrática, el proceso autonómico ofrece al mismo tiempo indudables ventajas en el orden económico, puesto que, de una parte, posibilita una mayor claridad y transparencia del sector público y, de otra, permite una prestación de servicios públicos más eficaz y mejor ajustada a las preferencias de los ciudadanos.

En el terreno de materias económicas y financieras de que se ocupa este Informe debe resaltarse que, a diferencia de lo que sucede en otros ámbitos, se dispone de un esquema básico constituido no sólo por las normas constitucionales sino, en particular, por las contenidas en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), que configuran los mecanismos financieros fundamentales. En consecuencia, el propósito del presente Informe consistirá esencialmente en ofrecer criterios operativos, coherentes con dicho esquema financiero, que faciliten el desarrollo e instrumentación del mismo. Con este objeto el cuerpo principal del Informe aparece dividido en tres partes.

En la primera parte, contenida en el siguiente capítulo, se expone concisamente la lógica o criterios generales que subyacen tras el esquema de financiación de la LOFCA, directrices, por tanto, que deben tenerse presentes al desarrollar y aplicar dicho esquema.

La multiplicidad de situaciones concretas que apareja un proceso de descentralización financiera como el que se está llevando a cabo en nuestro país, junto a la estricta novedad del mismo, aconsejan la explicitación de unas directrices claras, de carácter económico y financiero, que ofrezcan respuestas para cada caso, respuestas que deben resultar coherentes con las soluciones adoptadas en otros puntos del esquema financiero.

Precisamente por su relevancia, así como por su naturaleza, la mayor parte de la discusión y acuerdo político debiera desplazarse hacia tales directrices o criterios generales, dado que una vez éstos sean claros, suficientes y consistentes, su desarrollo y aplicación puede constituir, en buena medida, una labor de carácter técnico. Con ello se podría lograr doblemente, de una parte, quitar subjetivismo a la discusión política y, de otra, desarrollar un esquema de financiación compatible a todos los niveles.

La segunda parte del Informe, correspondiente al capítulo III, constituye la parte central del mismo y está dedicada a estudiar los problemas que suscita el desarrollo de los mecanismos financieros previstos en la LOFCA, así como los vinculados al sistema de Concierto o Convenio, característico de los territorios torales, pasando revista igualmente a las semejanzas y diferencias existentes entre ambos sistemas de financiación.

En esta parte del Informe se hace especial hincapié en aquellos mecanismos financieros que se hallan pendientes de desarrollo legislativo, y se sugieren diversas recomendaciones de interés para ordenar el proceso de transferencias en curso. A este respecto, el Informe distingue y detalla las características tanto de la fase provisional, prevista en la disposición transitoria de la LOFCA, como de la situación definitiva, cuando haya concluido el proceso de transferencias y operen plenamente todos los mecanismos financieros establecidos por dicha Ley.

En la parte tercera del Informe, de la que se ocupa el capítulo IV, se repasan los diversos problemas de coordinación que suscita el proceso de autonomías, especialmente entre las competencias económicas y financieras asumidas por las Comunidades Autónomas (CCAA) y las correspondientes al Estado. En este sentido, los redactores del Informe entienden que es necesario potenciar los mecanismos de coordinación entre los diversos niveles de gobierno, en la línea marcada por la LOFCA al crear el Consejo de Política Fiscal y Financiera. En dicho capítulo se estudian asimismo las necesidades de perfilar los respectivos ámbitos de competencias, con objeto de conseguir tanto comportamientos compatibles y coherentes entre los distintos niveles de hacienda, como con el de limitar la aparición de zonas de conflicto.

Finalmente, el último capítulo del Informe recoge en forma sistemática las principales conclusiones y propuestas del mismo, ai tiempo que apunta las materias que, de juzgarse oportuno, precisarían ulteriores desarrollos.

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