El Gobierno actúa para que los bienes de Meirás no puedan ser retirados por los demandados y permanezcan en el interior del pazo

7.5.2021

El objetivo es doble: por un lado, solicitar la conservación del inventario en su día elaborado y por otro instar al Juzgado a que se determine qué bienes de los que se encuentran en el interior de la finca tienen la consideración de inmueble por haber sido incorporados de manera permanente al inmueble principal y que, por lo tanto, han de seguir la suerte del mismo, de forma que no puedan ser retirados por los demandados, debiendo permanecer en poder de la Administración del Estado como titular del inmueble.

Respecto de esta segunda cuestión, el incidente se ha planteado con el carácter de previo pronunciamiento, lo que implica que los bienes relacionados por la Abogacía del Estado en su escrito no podrían ser retirados por los demandados antes de que exista un pronunciamiento expreso del Juzgado al efecto.

Los referidos incidentes se plantean tras la anulación por parte de la Audiencia Provincial de A Coruña (mediante Auto de fecha 20 de abril de 2021) de las medidas cautelares de elaboración de inventario de los bienes existentes en las Torres de Meirás y el posterior depósito judicial de los mismos.

El Gobierno insta a la Xunta en un escrito a incoar expediente complementario sobre los BIC "

Por otro lado, el Gobierno ha instado a la Xunta de Galicia a incoar expediente complementario "respecto de los bienes muebles o inmuebles (…) tanto dentro del recinto amurallado como en el interior del edificio por su evidente vinculación con los valores que justificaron la declaración de las Torres de Meirás como bien de interés cultural, en la categoría de sitio histórico, así como respecto de cualesquiera otros que resulten a lo largo de la tramitación del expediente vinculados a los mencionados valores".

El Gobierno ya impugnó el plazo de un mes para retirar los bienes muebles del Pazo de Meirás, mediante un recurso de reposición presentado por la Abogacía del Estado ante el Juzgado de Primera Instancia de A Coruña. La Abogacía del Estado argumentaba que no se le había permitido formular alegaciones a la resolución de la juez y pedía que se garantice la integridad y seguridad de los bienes inventariados, entre la que se encuentra la biblioteca de Emilia Pardo Bazán, así como del propio inmueble, catalogado BIC.